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25-08-2012 8:47:25
La Junta Departamental de la Gobernación de Amambay declara de interés departamental al “Black Friday Frontera”
En vista a la Minuta presentada por el Concejal Departamental José Orlando Villalba (ANR), la Junta Departamental de la Gobernación del XIII Departamento de Amambay declara de interés departamental en lo comercial y turístico al “Black Friday Frontera” a realizarse los días 21, 22 y 23 de Septiembre próximos en la ciudad de Pedro Juan Caballero.
La Junta Departamental de la Gobernación de Amambay declara de interés departamental al “Black Friday Frontera”
La Junta Departamental de la Gobernación del XIII Departamento de Amambay exhorta a la Cámara de Comercio e Industria de Pedro Juan Caballero a que todos los comerciantes de esta ciudad embellezcan sus locales y vidrieras, exponiendo y adornando toda su cartelería y la vía pública que los rodea para la gran fiesta del megadescuento. (Foto: Diego Lozano).
Fuente: elnordestino.com

Por resolución 175/2012 de la Junta Departamental de la Gobernación del XIII Departamento de Amambay declaró su total apoyo al “Black Friday Frontera”.

Destacamos algunas de las consideraciones que se han tenido en cuenta para determinar al evento de interés departamental:

  • El objetivo de la Cámara de Comercio e Industria de Pedro Juan Caballero es la de estimular las actividades con descuentos del 5% al 50% y de este modo aumentar las ventas en más del 100%.
  • En Pedro Juan Caballero están asentados importantes comercios en condiciones de ofrecer productos de las mejores marcas, con garantías y factura legal a precios tan competitivos como en Miami y Hong Kong.
  • Los productos serán vendidos bajo la Ley de Defensa del Consumidor.
  • Participarán las empresas asociadas a la Cámara de Comercio e Industria de Pedro Juan Caballero que hayan hecho su adhesión.
  • Las municipalidades de Pedro Juan Caballero y de Ponta Porã como así sus respectivas Cámaras de Comercio ven al evento como una oportunidad de dinamizar la economía de la zona.
  • El Black Friday es un punto de partida para potenciar a las dos ciudades como atracciones turísticas.
  • La Ley 426/94, que en su artículo 16 inciso “a” expresa que el Gobierno Departamental debe aprobar proyectos para el desarrollo económico, social, turístico y cultural del Departamento.
  • El Capítulo IX de la Constitución Nacional De los derechos económicos Art. 107 “De la Libertad de concurrencia” que expresa que: “toda persona tiene derecho a dedicarse a la actividad económica lícita de su preferencia, dentro de un régimen de igualdad de oportunidades y se garantiza la competencia en el mercado”.
  • El Artículo 20 inciso “c” de la Ley 426/94 que faculta a la Junta Departamental dictar Resoluciones para expresar o manifestar criterios.

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